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Se crea en el ámbito de esta Administración Federal el «Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables» (RegistraRSE) (AFIP Res. Gral. N° 2750/2012)

La incorporación en el “Registro” será voluntaria y estará supeditada a que la empresa postulante cumpla los requisitos, formalidades y demás condiciones que se establecen por la presente. Los sujetos para que sean incluidos en el “Registro” serán reconocidos por la AFIP como actores con efectiva y real responsabilidad social empresaria dentro de la comunidad en la que se desenvuelvan. Asimismo, dichos sujetos podrán ser incluidos en los programas de difusión comunicacional del Organismo, como un aporte a la educación tributaria, mejorando su imagen ante la comunidad con motivo de su inclusión y permanencia en el “Registro” y en los aludidos programas comunicacionales.

La inclusión en el “Registro” estará sujeta a que el solicitante:

a) Cuente con una nómina igual o superior a 300 trabajadores registrados
b) Haya declarado la totalidad del personal que se desempeña bajo relación de dependencia, en los registros y documentación respectiva y a través de la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas mensuales.
c) Haya dado cumplimiento al ingreso de la totalidad de las deudas por los tributos y conceptos cuya percepción se encuentra a cargo de AFIP o regularizado las mismas mediante inclusión en planes de facilidades de pago.
d) No haya sido querellado o denunciado penalmente, con fundamento en las Leyes Nº 22.415, Nº 23.771 y/o Nº 24.769 y sus respectivas modificaciones, según corresponda, a cuyo respecto se haya formulado el correspondiente requerimiento fiscal de elevación a juicio, dentro del plazo de DOS (2) años anteriores de la fecha de solicitud de inclusión en el “Registro”.
e) No haya sido querellado o denunciado penalmente por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o la de terceros, a cuyo respecto se haya formulado el correspondiente requerimiento fiscal de elevación a juicio, o cuando dicho requerimiento guarde relación con delitos comunes que fueran objeto de causas penales en las que se hubiera ordenado el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios estatales, dentro del plazo de DOS (2) años anteriores de la fecha de solicitud de inclusión en el “Registro”.
f) No sea una persona jurídica cuyos titulares, directores o apoderados, como consecuencia del ejercicio de sus funciones, se encuentren involucrados en alguno de los supuestos previstos en los incisos d) y e) precedentes.
g) No posea sumario contencioso iniciado y/o cargos aduaneros impagos.
h) No integre la base de contribuyentes no confiables.
i) Posea actualizada la información respecto de la o las actividad/es económica/s que realiza, de acuerdo con los códigos previstos en el “Codificador de Actividades” —F. 150— aprobado mediante la Resolución General Nº 485.
j) Tenga actualizado el domicilio fiscal declarado, en los términos establecidos por la Resolución General Nº 2.109, su modificatoria y complementaria o la que la reemplace o complemente.
k) Haya cumplido, de corresponder, con la obligación de presentación de: 1. Las declaraciones juradas determinativas y nominativas de los recursos de la seguridad social y del impuesto al valor agregado, correspondientes a los DOCE (12) últimos períodos fiscales o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, si fuera menor, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud de inclusión en el “Registro”. 2. La última declaración jurada de los impuestos a las ganancias y a la ganancia mínima presunta, según corresponda, vencidas a la fecha a que se refiere el punto anterior. 3. La declaración jurada del régimen de información establecido por la Resolución General Nº 3.293, sus modificatorias y complementarias, correspondiente al último período fiscal vencido a la fecha de la solicitud de inclusión en el “Registro”, de corresponder.
l) Acredite la efectiva puesta en marcha de al menos un programa que responda a las prácticas reconocidas bajo el concepto de “Responsabilidad Social Empresaria”, manteniendo su cumplimiento mientras dure la inclusión del mismo en el “Registro”.

La solicitud de incorporación en el “Registro” se efectuará por transferencia electrónica de datos, a través del sitio “web” de la AFIP, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registros Especiales”. Para acceder a la mencionada opción se deberá contar con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad. El sistema emitirá un comprobante como constancia de recepción de la solicitud para su tramitación. La obtención del comprobante aludido no implica la aprobación del trámite, sino la admisión para su tramitación.