El día jueves 14 salió publicada la normativa que prevé una nueva etapa del Beneficio ATP del Gobierno, que consiste en el pago parcial de los sueldos del mes de mayo a los empleados de las actividades afectadas por la pandemia.
Para calificar van a tener en cuenta:
1) Las ventas de abril 2020 no deben superar el 5% respecto a las del mismo mes del año pasado;
2) Para los que iniciaron actividades después de abril 2019, considerarán la facturación del mes de diciembre 2019;
3) Las que iniciaron actividades en 2020, se considerarán “críticas”, y a diferencia del Beneficio ATP del mes de abril, calificarán directamente;
4) El pago lo hará directamente el Estado a través de la ANSES directamente al CBU de cada uno de los empleados, de forma similar al mes pasado;
5) El plazo de inscripción es desde hoy jueves 14 al jueves 21.