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Ganancias empresas – Cambio alícuotas y deducción directores

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Todo haría pensar que con la pandemia el fisco y las autoridades del Poder Ejecutivo tomaría cartas en el asunto y no aumentaría aún más los impuestos en dicho contexto, pero no, lo que le tenemos que comentarles se trata de todo lo contrario.

Haciendo un poco de historia en cuanto a modificaciones en estos últimos años, sería la siguiente:

  • La última reforma impositiva publicada el 29 de diciembre de 2017 había previsto una reducción del este impuesto en tramos bianuales llevándolo del 35%, al 30% para luego dejarlo en 25%.
  • Esto con el cambio de Gobierno en 2019 nunca ocurrió, postergando la reducción con una nueva ley y quedamos a mitad de camino, es decir con una alícuota del 30%.
  • Ahora, con esta última modificación que entró en vigencia este mes de junio 2021, a partir de los balances comerciales comenzados a partir de enero 2021, la alícuota única del Impuesto a las Ganancias sobre sociedades dejará de ser del 30%, dando lugar a alícuotas progresivas según este esquema de alícuotas variables y pagando también un monto fijo, algo muy similar al método del Impuesto a las Ganancias de personas humanas. Aquí los tramos:

Estos montos de ganancia neta se irán actualizando a partir del 1º de enero de 2022, lo que trae aparejado el peligro que ocurra lo mismo que con el Monotributo, o ciertas deducciones de este mismo impuesto a las Ganancias, es decir que dichas actualizaciones son nulas o quedan cortas por la alta inflación que tenemos.

También modificó el Impuesto a los Dividendos, dejando una alícuota única del 7% para todos los tramos del Impuesto a las Ganancias. Es decir, luego de abonar el 25%, 30% o 35%, hay que agregarle el Impuesto sobre los dividendos, que podría distribuir una vez abonado el Impuesto a las Ganancias. Por lo tanto, la tasa efectiva del Impuesto a las Ganancias + Impuesto sobre los dividendos (ambos impuestos gravan la misma utilidad de la empresa) sería del 30,25%, 33,74% o 38,89% una verdadera locura si queremos atraer inversiones… prácticamente un 40% de todo el negocio se lo queda el Estado. No reviste más análisis.

Por último, y si algo le faltaba a esta modificación tan poco feliz, es que la deducción de honorarios de directores, que siempre fue el mayor entre: a) 25% de la utilidad contable, o b) $ 12.500 por cada director (haciendo alusión al párrafo anterior hace décadas que no se actualiza); se modifica incrementando ese 25% a un 40% cuando el director sea mujer y al 60% cuando se trate de travestis, transgénero o transexuales. Si… leyeron bien, no hay errores de tipeo. Nunca había leído algo tan discriminatorio en términos impositivos en mi vida, sin dudas que la sanción de leyes durante este 2021 no deja de sorprenderme.

Veremos si este nuevo papelón legal sigue adelante, o si se dan cuenta de lo que aprobaron en el Congreso y dan marcha atrás como con modificación retroactiva de Monotributo que duró menos de una semana.

¡Hasta la próxima!