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Ley de promoción al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero

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Desde hace mucho tiempo, ya han pasado varios gobiernos, y el reclamo por parte de los empresarios, siempre la mayor queja de los empresarios al momento de contratar empleados es el mismo, los altos costos que eso implica, casi un 50% del sueldo de bolsillo.

Esta noticia, trae un poco de alivio al tema, entendiendo que no es el objetivo principal de la promulgación de la Ley Nº27.636, sino que trata de insertar al mercado laboral a las personas travestis, transexuales y transgénero. La propuesta de dicha ley consiste en una serie de incentivos para que las empresas privadas incorporen a este colectivo de trabajadores a sus nóminas.

El beneficio para las empresas que contraten a personas travestis, transexuales y transgénero podrán computar las contribuciones patronales que se generan por dicha contratación como pago a cuenta de impuestos nacionales.

Este beneficio, al igual que la anterior promoción de empleo que hubo unos años atrás, tiene una temporalidad, es decir no es para siempre. Dicho lapso de tiempo se aplicará por un plazo de 24 meses desde la celebración del contrato para las micro, pequeñas y medianas empresas y de 12 meses para el resto de los empleadores.

Se creará un Registro Único de Aspirantes, allí podrán inscribirse las personas travestis, transexuales y transgénero interesadas en postularse a cubrir puestos laborales en el marco de la presente ley, con el objeto de proveer, a las reparticiones demandantes, así como a las personas jurídicas o humanas que lo requieran, listados de candidaturas que se correspondan con la descripción del puesto a cubrir.

Cabe aclarar, que la inscripción en el Registro no es obligatoria ni resulta impedimento para el acceso al régimen de inclusión laboral previsto en la presente ley.

Dicho Registro debe consignar únicamente el nombre autopercibido, los antecedentes educativos y laborales, así como las aptitudes y preferencias laborales de las personas aspirantes. La autoridad de aplicación debe asegurar la accesibilidad para la inscripción a la totalidad de las personas interesadas.

¡Hasta la próxima!