En este momento estás viendo Impuesto sobre los Bienes Personales – ¿Qué cambios hay para la próxima presentación?

Impuesto sobre los Bienes Personales – ¿Qué cambios hay para la próxima presentación?

  • Categoría de la entrada:Noticias

Con el correr de los años uno nunca deja de salir del asombro de la forma en que salen publicadas las modificaciones de normas impositivas, siempre parche sobre parche y nunca un cambio profundo que justamente trate de preservar la previsibilidad complementándolo con algún mecanismo de actualización constante ante el actual contexto económico inflacionario que tenemos. Parecería que uno está solicitando mucho, pero ojalá que alguna vez eso ocurra. También en un importante sitio de contadores que nos mantenemos informados, promovía la inclusión justamente de contadores al momento de promover cambios impositivos, tendría todo más coherencia y apuntaría a cuestiones más profundas y no simplemente acostumbrarnos a estas actualizaciones aisladas. Hay normas que no se actualizan desde la década del 90 cuando recién se establecía el cambio de Australes a Pesos argentinos, para que se den una idea de qué les hablo.

Hecha esta breve introducción / catarsis, voy a pasar a contarles los cambios establecidos:

  1. Se sube el mínimo no imponible del impuesto de $ 2.000.000 a $ 6.000.000. Si bien cuando ingresó el proyecto de ley al Congreso era de $ 8.000.000, sufrió una disminución, y quedó en $ 6.000.000. Si este monto lo pasamos a USD al tipo de cambio oficial del Banco Nación al 31-12-21 sería de aproximadamente unos USD 74.000, una verdadera locura si lo comparamos con Colombia por ejemplo que recién está alcanzado cuando supere USD 1,5 millones.
  2. La casa habitación seguirá exenta al igual que el año pasado, y su importe se actualizó de $ 18.000.000 a $ 30.000.000.
  3. Se actualizará automáticamente en forma anual el mínimo no imponible según la variación del IPC, lo cual me parece algo sumamente positivo.
  4. Ahora además del impuesto % también tendrá un importe fijo, pareciéndose en la progresividad y forma de cálculo al Impuesto a las Ganancias para personas humanas. Aquí el detalle para los bienes en el país.
  • Respecto al cálculo para los bienes en el exterior, también tienen un % mayor, a excepción que realicen la repatriación de bienes hasta el 31 de marzo de 2022 al igual que en los dos anteriores:
  • La última y “polémica” actualización con un aumento del impuesto encubierto sin necesidad que pase por el Congreso, fue el dictamen Nº1/2022 que promulgó la AFIP en estos días, estableciendo “vieja” nueva forma de valuación de los inmuebles en CABA que no será por la valuación fiscal homogénea VFH, sino la VFH pero multiplicado por la USC (unidad sustentabilidad contributiva) que multiplica hasta 4 veces la VFH. Con este cambio logra una recaudación mayor incrementando dicho aumento del impuesto para estos bienes a un 500% aproximadamente. Esto no es algo nuevo, sino que ya viene desde 2012 al restructurar CABA la forma de valuación de los inmuebles a los fines determinativos del ABL, y la AFIP tomó su postura respecto a dicho tema aprovechándolo simplemente a fines recaudatorios.

Hasta aquí las novedades, el resto se mantiene igual que en años anteriores.

¡Hasta la próxima!