Siguen las buenas noticias en los aspectos impositivos. Debido a la alta inflación que atraviesa nuestro país, mediante el decreto 298/2022 se incrementó el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
Los sueldos, jubilaciones y pensiones inferiores a $ 280.792 mensuales brutos no deberán abonar el Impuesto.
A su vez, los trabajadores, jubilados y pensionados, que perciben en forma mensual ingresos brutos entre $ 280.792 y $ 324.182, tendrán un tratamiento preferencial y que, si bien están sujetos al pago de Ganancias, tendrán un “monto deducible especial “para amortiguar el impacto del impuesto.
Otra medida que establece este decreto, es el tratamiento que tendrán los aguinaldos para trabajadores, jubilados y pensionados, que se cobrarán a mitad de año. Los mismos quedarán eximidos del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores, jubilados y pensionados que no superen los $ 280.792 mensual bruto.
Por último, cabe aclarar que esta medida se iba a publicar en el mes de mayo, pero como se demoró bastante su aprobación, recién entró en vigencia a partir del 1º de junio de 2022.
¡Hasta la próxima!